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Eléctricas e instaladores, “igualdad entre desiguales”

Por Miguel Ángel Jiménez

Lamento comunicarles que no voy a hablar de la situación de Cataluña, que, como es lógico, ocupa y preocupa a todos los agentes del sector eléctrico, desde empresas y asociaciones hasta organizaciones sectoriales y otras entidades, proceso que esperemos que logre encauzarse para bien de todos. En este post, quiero poner el foco en una noticia publicada a finales de junio que ha pasado bastante desapercibida a mi juicio, a pesar de los importantes efectos y proyección que puede acarrear al sector de las instalaciones eléctricas.

Se trata de una información que describía que el Tribunal Supremo había anulado la ventaja competitiva de las compañías eléctricas frente a los instaladores independientes, a raíz de un recurso interpuesto por la desaparecida CNC, cuyas funciones desempeña ahora la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Esta noticia puso de manifiesto una vez más el statu quo que perjudica a centenares de empresas instaladoras, que están autorizadas por la Administración y cumplen todos los requisitos legales, a la hora de llevar a cabo instalaciones de enlace, extensiones de red, etc., frente a la actuación de las grandes compañías.

La posición de fuerza de las eléctricas, que operan con una posición de dominio insultante en un mercado supuestamente liberalizado, ha recibido varios varapalos judiciales (uno de los últimos es el recurso ganado por la asociación vallisoletana APREMIE), pero ello parece no hacer mella en la piel de estas empresas, poderoso Goliat en este ámbito.

La ideal igualdad de condiciones que pintan las leyes no existe en la realidad, cuando las distribuidoras eléctricas acaban imponiendo su red de instaladores autorizados de manera un tanto torticera; se podría decir que no existe la igualdad entre desiguales, entre la gran corporación y las empresas instaladoras independientes, muchas de ellas integradas en asociaciones provinciales.

Tal como detallaba la asociación APREMIE, la conducta de la eléctrica implicaba el uso de información del cliente, por su acceso privilegiado dada su condición de distribuidora eléctrica, “para realizar ofertas comerciales que van más allá de sus obligaciones como distribuidor”, y no facilitaba información a los clientes para acudir a terceros instaladores para la ejecución de los trabajos, entre otros aspectos.

Recabando más información de otros representantes del colectivo de instaladores, resumo a continuación algunos de estas malas prácticas,

  • La primera barrera que se encontraba la empresa instaladora especializada en realizar trabajos en la red de distribución, y que no era colaboradora de la distribuidora eléctrica de turno, era que ésta ofertaba primero esos trabajos en el momento en que el cliente tenía la necesidad de que se ampliara dicha red. Como es obvio, esto supone una ventaja competitiva porque el cliente ya tenía así una referencia de precios y de trabajos que se debían ejecutar.
  • En los presupuestos no se detallan con precisión los trabajos a realizar con el claro objetivo de no dar pistas a las empresas instaladoras que podrían actuar como competencia. Cabe destacar que, por ley, en las llamadas “condiciones técnico-económicas” (nombre técnico del presupuesto) se debe indicar que los trabajos pueden contratarse con una empresa instaladora externa.
  • Además, la compañía eléctrica utiliza otros elementos de “persuasión”, que se derivan de que es la entidad responsable de verificar los trabajos realizados sobre la red de distribución a posteriori: si el cliente opta por una empresa instaladora independiente dan a entender que podrían surgir problemas que podrían alargar los trabajos de ejecución y entorpecer las tramitaciones. Así de simple.

Las distintas asociaciones y la Federación Nacional están dialogando con las compañías eléctricas y trabajando para solventar este problema, pero parece que la inercia de estas conductas sigue provocando que se repitan.

¿Para cuándo una normativa que impida estas prácticas, que una y otra vez son rechazadas y penalizadas en los tribunales?, ¿por qué, si se demuestra en cada caso que incumplen la legalidad, se siguen llevando a cabo? Espero sus comentarios y opiniones al respecto, serán bienvenidos.

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